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EL DIVORCIO EN LA ACTUALIDAD VENEZOLANA

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El Divorcio      Es la institución a través de la cual, se finalizan las relaciones matrimoniales, se refiere a la ruptura del vínculo matrimonial que existía entre los cónyuges en vida, por medio de un pronunciamiento judicial. ¿Qué requisitos se necesitan y cuáles son las consecuencias que trae consigo el divorcio?      Para solicitar el divorcio, solo basta con la manifestación de voluntad de no querer seguir casado, por cualquier motivo, vista la Sentencia Nro. 693 del 2 de junio de 2015, de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, con ponencia de la Magistrada Carmen Zuleta de Merchán, la cual, efectuó interpretación constitucional, con carácter vinculante, del artículo 185 del Código Civil Venezolano y determinó que las causales de divorcio allí previstas son enunciativas y no taxativas, por lo que basta con simplemente querer divorciarse para que se cumpla ese requisito.      Además, aquellas personas que se quieran divorciar, deben recaudar su acta de ma

Régimen de Convivencia Familiar

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¿Qué es el régimen de Convivencia Familiar?      La convivencia familiar, se refiere a que los niños, niñas, y adolescente tienen el ineludible derecho de mantener relaciones personales y directas con los padres, cuando estén separados, con la excepción del interés superior del niño o adolescente (Lo que sea más conveniente para este).      Los artículos 385 y 386 de la Ley Orgánica para la protección de Niños, Niñas y Adolescentes (LOPNNA), establece las siguientes características: • Debe existir el derecho de compartir y mantener las relaciones paterno- filiales y descartar totalmente que el padre que tiene la custodia del niño o adolescente es dueño de su hijo. • El padre que no tenga la custodia del niño o adolescente,  tiene derecho de conducirlo a un lugar diferente al de su residencia, siempre y cuando sea previamente autorizado. • La comunicación con el hijo, se puede hacer a través de comunicaciones telefónicas  o cualquier medio electrónico con el otro padre que no tiene la c

CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS

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Contrato de prestación de servicios.   Es el contrato mediante el cual una persona, normalmente un especialista, en algún área, se obliga con respecto a otra a realizar una serie de servicios a cambio de un precio. Es importante señalar que, el pago del contrato es dirigido al cumplimiento de metas, horas, objetivos, proyectos; entre otros. ¿Qué obligaciones tienen las partes? El contratista (La persona que presta el servicio), tiene la obligación de ejecutar el servicio y llevarlo a su término en el tiempo y las condiciones previstas en el contrato. El contratante (La persona que solicita el servicio), pagar el precio del servicio y suministrar la información o materiales necesarios en caso de así haberlo convenido. ¿Se puede utilizar este tipo de Contratos, para el Marketing Digital? Claro, y es que incluso es necesario, hemos visto y escuchado que las personas hoy en día contratan servicios y compran productos Online, y en algunos casos sin ningún tipo de protección jurí

CONSTITUCIÓN DE COMPAÑÍAS ANÓNIMAS: CÓDIGO DE COMERCIO VS REALIDAD

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CONSTITUCIÓN DE COMPAÑÍAS ANÓNIMAS: CÓDIGO  DE COMERCIO  VS REALIDAD       Cuando hablamos de crear legalmente una empresa, nuestro Código de Comercio vigente, desde el año 1955, regula la forma de constitución y funcionamiento de las distintas figuras societarias que existen en Venezuela.      En el artículo 201 del Código, se establecen las figuras societarias las cuales son: 1) La Compañía en Nombre Colectivo, 2) La Compañía en Comandita, 3) La Compañía Anónima y, 4) la Compañía de Responsabilidad Limitada.      En esta oportunidad estudiaremos, lo que establece el Código y lo que en la realidad funciona, limitándonos en la figura más utilizada por la sociedad venezolana actual, es decir, la Compañía Anónima. Esta figura, constituye una personalidad jurídica distinta a la de los socios.      Lo primero que debemos señalar, es que el artículo 211, nos indica que el contrato de sociedad se otorgará por documento público o privado.      En la realidad esto no ocurre así, pues el docume

Arrendamiento de inmuebles destinados a vivienda en Venezuela

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El arrendamiento de inmuebles destinados a vivienda en Venezuela.      En el Código Civil Venezolano, en su Artículo 1579, se define el arrendamiento como un contrato por el cual una de las partes contratantes se obliga a ceder el uso y el disfrute de una cosa mueble o inmueble, a otra, por cierto tiempo y mediante un precio determinado, que ésta se obliga a pagar a aquélla. La parte que se obliga a hacer gozar de la cosa se denomina arrendador y la otra, arrendatario. El precio se suele llamar cánon, pensión o alquiler.      El Contrato de Arrendamiento, es un contrato por el cual una de las partes, llamada arrendador, se obliga a la entrega de una cosa para que su contraparte, el arrendatario, la tenga a nombre y en lugar del dueño, use y goce de ella, pagando al arrendador un precio por el mismo.      Ahora bien, en Venezuela hay ciertos aspectos a considerar por cuanto existe una Ley especial que regula el Arrendamiento desde hace algunos años y es la Ley para la Regularización y c