¿Sabias que los contratos también pueden ser digitales?
Así es! En el artículo 15 de la Ley de mensajes de datos y firmas electrónicas establece que es posible hacer contratos vía digital y dejar atrás los documentos y papeleo a la hora de un contrato privado siempre que las artes así lo deseen.
Quiere saber más al respecto? Contáctanos y sabremos ayudarte.
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